viernes, 15 de julio de 2016

                                                MECANISMOS NO JURÍDICOS

La INTELIGENCIA EMOCIONAL nos permite tomar conciencia de nuestras emociones, comprender los sentimientos de los demás, tolerar las presiones y frustraciones que soportamos en el trabajo, en el estudio, desarrollar nuestra capacidad de trabajar en equipo y adoptar una actitud empática y social, que nos brindará mayores posibilidades de desarrollo personal.

ASERTIVIDAD: Viene de verbo aseverar y significa: declarar o afirmar positivamente, con seguridad lo que pensamos y sentimos. Una persona asertiva se siente para manifestar sus creencias y sentimientos; se comunica en forma abierta, directa y adecuada con los demás, es activo/a en la vida, se plantea objetivos y trata de alcanzarlos, defiende sus intereses, expresa libremente sus opiniones, no permite que los demás se aprovechen de ella, respeta la forma de pensar de los demás.
           MECANISMOS JURÍDICOS ALTERNATIVOS A LA JUSTICIA

MEDIACIÓN:
¿QUÉ ES? Resolver un conflicto a través de un tercero que acerca a las partes.
CARACTERES: + Informal
                            +Ágil
                            +Flexible
PARTES: + Tercero: sin poder de decisión.
                + Involucrados
EFECTOS: La solución surge de las partes y estos deben ajustarse a ella.

NEGOCIACIÓN:
¿QUÉ ES? Acercamiento de las partes logrados por ellas mismas.
CARACTERES:   + No hay un tercio
                              +Voluntario
                              +Informal
PARTES: Los involucrados en el conflicto.
EFECTOS: Analizan el problema, buscan diferentes soluciones y seleccionan la mejor para las des partes.

CONCILIACIÓN:
¿QUÉ ES?: Acercamiento de las partes a través de un juez o quien haga sus veces.
CARACTERES:  + Previa al juicio.
                             +Obligatoria
                             +Formal
PARTES:  +Tercero: juez o no.
                 +Partes
EFECTOS: El acuerdo tiene el mismo valor que una sentencia.

ARBITRAJE:
¿QUÉ ES?: Acercamiento de las partes a través de un árbitro
CARACTERES:  + No es obligatoria
                             + Es decisión de las partes
PARTES:   +  Árbitro
                  + Partes: países, empresas
EFECTOS: Las partes deben aceptar la solución alcanzada una vez que piden ser arbitradas.

MECANISMOS JURÍDICOS PARA RESOLVER  CONFLICTOS..

JUICIO CIVIL: En este tipo de juicios interviene el ACTOR que es quien inicia el juicio pues es quien reclama algo a otra persona; el DEMANDADO  a quien se le reclama algo según las normas, TERCEROS (testigos, peritos) el FISCAL representante de los intereses del Estado y la sociedad.
        para llevar a cabo este juicio los jueces siguen el siguiente procedimiento:

  1. - Conciliación: Etapa que sucede en el Juzgado de Paz y antes de iniciar el juicio se intenta una solución, que de no existir llevará al actor a presentar su demanda.
  2. - Demanda y prueba: El actor por escrito y con un abogado presenta su reclamo que debe ir acompañado de las pruebas correspondientes y el fundamento jurídico que establece que su reclamo es legal.
  3. - Audiencia Preliminar:Es la instancia en que las partes y sus representantes legales(abogados) concurren al juez quien interroga a las partes a efectos de relevar información que le permita resolver la situación.
  4. -Audiencia Complementaria: Es una instancia más con el juez que puede llevarse a cabo o no, de ahí su nombre.
  5. - Sentencia: Es la decisión del juez, consta en una norma que se llama sentencia.
JUICIO PENAL: 
  1. -Pre Sumario: Es la primera etapa del juicio que corresponde a una primera investigación en la que se busca elementos probatorios, que permitan identificar responsables.
  2. - Procesamientos: En función de los elementos relevados en la primera etapa, el juez toma la decisión de iniciar un proceso legal a una persona.
  3. -Sumario:Nueva instancia de búsqueda  de otros elementos probatorios que permitan identificar el o los autores. se analizan las circunstancia agravantes y atenuantes.
  4. - Plenario: Se lleva a cabo la acusación, se contesta la acusación, se presentan las pruebas 
  5. Sentencia: Etapa final en la que se establece la decisión del juez y se lleva a cabo la misma.
*PERITOS:El perito es el experto en una determinada materia que, gracias a sus conocimientos, actúa como fuente de consulta para la resolución de conflictos.